El Boletín Oficial del Estado de 10 de mayo ha publicado la Ley 9/2014, de 9 de mayo, de Telecomunicaciones.
La Ley de Telecomunicaciones es la norma superior que permite regular de manera unificada el sector de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas.
Una de los objetivos enarbolados por el Gobierno para justificar la nueva reforma de la ley es el de mejorar la seguridad jurídica, pues agrupa la normativa vigente hasta ahora dispersa en los ámbitos nacional y comunitario (por ejemplo, incorpora al ordenamiento jurídico español las Directivas europeas de Mejor Regulación y de Derechos de los Ciudadanos que, junto al Reglamento del Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas, integran el Paquete Telecom aprobado en noviembre de 2009). Un ejemplo más de cuánto nos afecta lo que se debate y vota en el Parlamento Europeo.
Cabe destacar una de las medidas polémicas que ampara el nuevo articulado: al recibir la instalación y despliegue de redes públicas de comunicaciones la calificación de «obras de interés general», la Administración se arroga la capacidad de expropiar tejados y azoteas para instalar en ellos antenas de las operadoras aun sin el permiso de las comunidades de vecinos.
Introduce importantes modificaciones en el régimen sancionador por lo que hace a las emisiones sin licencia o a potencias superiores a las autorizadas, o producción de interferencias. Las multas llegan a los 2 millones de euros y las mínimas son de 50.000. Se prevé sancionar también a las personas físicas (administradores, gerentes, directores) con multas de hasta 30.000 euros.
(N.de la R.: La ley tiene 115 páginas)
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