| | Resolución de 3 de abril de 2002 sobre reserva provisional de frecuencias para emisoras municipales de FM. Con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, por el que se regula el otorgamiento de concesiones y la asignación de frecuencias para la explotación del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencias por las Corporaciones Locales, en desarrollo de los preceptos contenidos en la Ley 11/1991, de 8 de abril, de organización y control de las emisoras municipales de radiodifusión sonora, los Ayuntamientos interesados han presentado sus solicitudes, entre los días 1 de julio y 31 de diciembre de 2001, en la forma y con los requisitos establecidos. El artículo 1 punto 6 del Real Decreto 696/2000 de 12 de mayo, en relación con la disposición adicional segunda del Real Decreto 1390/1997, de 3 de septiembre, y con el artículo 5 del Real Decreto 1273/1992, atribuye a la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información la facultad de resolver sobre la reserva provisional de frecuencias en el mes de octubre de cada año respecto de las solicitudes que hayan tenido entrada en este Departamento entre el 1 de julio y el 31 de diciembre del año anterior. A su vez ésta facultad ha sido delegada por Orden de 30 de noviembre de 2000 a esta Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información. Por otra parte, la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, de transferencia de competencias a Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del artículo 143 de la Constitución, otorga a las mismas, entre otras materias, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de radiodifusión, desde la fecha de su vigencia. En su virtud, y una vez cumplidos los trámites jurídicos y técnicos necesarios, y de conformidad, igualmente, con la planificación realizada con sujeción a las previsiones del Plan Técnico Nacional de Radiodifusión Sonora en Ondas Métricas con Modulación de Frecuencia, aprobado por Real Decreto 169/1989, de 10 de febrero esta Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información, en uso de las facultades que le atribuye la Orden de 30 de noviembre de 2000 (B.O.E. número 291 de 5 de diciembre), RESUELVE Acordar la reserva provisional de frecuencias, prevista en el Capítulo II del Real Decreto 1273/1992, de 23 de octubre, a favor de los Municipios relacionados en el Anexo I de la presente Resolución, con las características técnicas que en el mismo se señalan. Dichos Municipios disponen de un plazo de cuatro meses para remitir, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 6 del mismo Real Decreto 1273/1992, el correspondiente proyecto técnico. Madrid, 3 de abril de 2002 EL DIRECTOR GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, Bernardo Pérez de León Ponce C.A. Municipio MHz. Longitud Latitud Cota W AND Iznajar 107.6 4W1824 37N1133 536 50 AND Jabalquinto 107.7 3W4324 38N0115 496 50 AND Otrura 99.1 3W3759 37N0542 790 50 ARA Cuarte de Huerva 107.0 0W5543 41N3526 299 50 BAL Palma de Mallorca 105.3 2E3911 39N3420 15 500 BAL Pollença 107.9 3E0101 395243 47 150 BAL Santanyi 107.3 3E0750 39N2120 61 50 BAL Sta. Maria Cami 90.6 2E4651 39N3854 128 50 CAN Corvera Toranzo 107.6 3W5617 43N1235 175 50 CAL Fabero 107.7 6W3736 42N4551 690 50 CAM Consuegra 107.0 3W3632 39N2744 705 50 CAM Llanos Caudillo 107.0 3W2057 39N0713 647 50 CAM Puebla Montalban 107.2 4W2120 39N5159 511 50 CAT Bellvei 104.8 1E3439 41N1434 100 50 CAT Torredembarra 107.0 1E2348 41N0846 17 50 MUR Moratalla 107.0 1W5326 38N1124 635 50 PVA Trucios 107.2 3W1519 43N1625 155 50 NOTA: No se reproducen las columnas HFM, P y D porque para todas son los mismos datos que 37,5, M y N respectivamente. |