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IdNoticia 199007030 Boletín 07/1990
Sección FM Colaborador Pedro Moñino
Comunidad Provincia
Frecuencia Emisora
Noticia El Consejo de Ministros acordó el pasado 27.04.90 remitir a las Cortes el proyecto de ley sobre organización y control de las emisoras municipales, así como el proyecto de ley orgánica que regulará la publicidad electoral en estas radios. El primer proyecto se refiere a la organización de las emisoras municipales, en cuanto a la prestación de este servicio público en el marco de las fórmulas de la vigente legislación en materia de Régimen Local. Por otra parte y por ser órganos representativos de los ciudadanos en el ámbito municipal, se hace radicar en los Plenos Municipales el control que la Constitución exige en un medio de titularidad pública. Su articulado establece que la actividad de las radios municipales se inspirará en la objetividad e imparcialidad, el respeto al honor y a la vida privada, la separación clara entre información y opinión y respeto al pluralismo político, religioso, cultural y lingüístico. La financiación de estas emisoras podrá realizarse conforme a lo establecido en la ley reguladora de las Haciendas locales, no pudiendo contratar ni emitir espacios publicitarios. Aunque podrán emitir simultáneamente un mismo programa de elaboración propia o producido por otras emisoras, de titularidad pública, no podrán formar parte en ningún caso de cadenas de radio. El control de su gestión corresponderá al Pleno de la corporación municipal. Las concesiones administrativas serán otorgadas por el Gobierno o, en su caso, por los órganos ejecutivos de las CCAA que tengan atribuida esta competencia. En el proyecto de ley orgánica, regulador del tratamiento publicitario electoral en estas emisoras, se establece la prohibición de contratar espacios de publicidad electoral.
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